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DICE LA SEP QUE NO HABRÁ REPROBADOS Y QUE LAS FALTAS NO CUENTAN PARA FIN DEL CICLO ESCOLAR

Virgilio Almazán

Luciérnaga Noticias



La Secretaría de Educación Pública (SEP) emitió un acuerdo para que ningún alumno de preescolar, primaria, secundaria repruebe.

Principales acuerdos  publicados en el Diario Oficial de la Federación:

-La evaluación del aprendizaje estará a cargo de la o del docente titular de grupo en el caso de preescolar, primaria y telesecundaria y de la o del docente titular de asignatura en el caso de secundaria. 

 

-La evaluación deberá tomar en consideración la forma en que el servicio educativo haya sido impartido, ya sea, a distancia, mixto o presencial, así como a lo señalado por las autoridades sanitarias.

Para la acreditación y promoción de grado o nivel educativo de las y los estudiantes de 3º a 6º grado de educación primaria y de 1° a 3° grado de educación secundaria, no se tomará en cuenta el criterio de asistencia del 80%.

-La asistencia no se registrará en la boleta de evaluación de dichos grados y niveles educativos, y se deberán cancelar los espacios correspondientes con una línea.

-Para favorecer el egreso oportuno, se puede autorizar la aplicación de exámenes extraordinarios.

-En todos los casos en que se asiente una calificación numérica en la boleta de evaluación de las y los estudiantes de educación primaria y secundaria, la calificación que deberá registrarse no podrá ser inferior a 6.

-En caso de que no existan las condiciones para llevar a cabo la valoración se escribirá en la boleta “Información insuficiente”, conforme a lo siguiente:

-En caso de que la o el docente lo determine, las madres, padres de familia o tutores, podrán apoyar en la demostración de las actividades desarrolladas por sus hijas, hijos o pupilos durante el periodo de evaluación como parte del acompañamiento realizado, el cual deberá ser valorado por la o el propio docente.

Aquí el acuerdo si te interesa conocerlo completo en el Diario Oficial de la Federación: 

ACUERDO número 11/06/22 por el que se regulan las acciones específicas y extraordinarias para la conclusión del ciclo escolar 2021-2022 y el inicio del ciclo escolar 2022-2023.