Debemos combatir todo vacío legal que genere impunidad respecto a la violencia vicaria: Julieta Gallardo
Fany Almazán
Luciérnaga Noticias
* La diputada presentó este miércoles una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado a fin de incorporar en éste, el delito de la violencia vicaria contra la mujer.
Morelia, Michoacán, 06 de octubre de 2022.- Debemos combatir cualquier obstáculo y vacío legal que genere impunidad respecto a la violencia vicaria, y con ello, aumentar el parámetro de protección en aras de erradicar todas las formas de violencia en perjuicio de las mujeres, subrayó la diputada Julieta Gallardo Mora, coordinadora de la Representación Parlamentaria de la LXXV Legislatura del Congreso del Estado.
La diputada por el Distrito de Puruándiro presentó este miércoles ante el Pleno Legislativo, una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado a fin de incorporar en éste, el delito de la violencia vicaria contra la mujer.
“La violencia vicaria es un tipo de violencia familiar que incluye toda aquella conducta realizada de manera consciente para generar un daño a otra persona, y se ejerce a través de otra persona, generalmente los hijos”.
Julieta Gallardo refirió que dicha violencia es normalmente una forma de maltrato infantil, la que puede implicar desde que el menor vea o presencie agresiones por parte de uno de sus familiares a otro, o bien, al ser objeto de de agresiones directas para causarle un perjuicio a la persona a la que originalmente se busca dañar.
“Si bien es cierto, la violencia puede ser ejercida de forma indistinta por hombres y mujeres, también lo es que la que se realiza en contra de la mujer siempre ha sido un fenómeno social con terribles consecuencias, la cual es motivada en muchos casos por un sistema patriarcal en el que desde el seno familiar se normaliza el rol de dominancia y superioridad del hombre”.
Por ello la legisladora refirió que al reconocer que la violencia vicaria es una forma de violencia contra las mujeres, el Estado se encuentra obligado en términos del artículo primero de la Constitución Federal a prevenir, sancionar, investigar y reparar los casos en que una mujer es víctima de ese tipo de violencia.
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